Prosperidad Social expide resolución que reglamenta Renta Joven, la evolución de Jóvenes en Acción en cumplimiento al Decreto Ley 1960 de 2023 «Por medio del cual se modifican los programas Familias en Acción y Jóvenes en Acción y se incorporan las transferencias monetarias al Sistema de Transferencias creado por la Ley 2294 de 2023»
¿De qué se trata?
El Programa Renta Joven busca contribuir a la inclusión social y económica de la población joven en situación de pobreza y vulnerabilidad, mediante la entrega de transferencias monetarias, así como, la implementación de estrategias que faciliten el acceso y la permanencia en la educación superior y la consolidación de trayectorias de vida. Ver Resolución N°. 00137 de 2024.
Criterios de Ingreso:
1. Tener entre 14 y 28 años.
2. Bachiller de media vocacional (11°).
3. Cumplir con alguno de los siguientes criterios:
- Estar registrado en el SISBEN con una clasificación como grupo poblacional en situación de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad.
- Estar registrado en los listados censales de población indígena.
- Estar registrado en los listados censales del ICBF.
4. Deben estar matriculados en un Programa Académico Tecnológico o Profesional en la Institución Universitaria Colegio Mayor del Cauca.
5. No contar con registro en los sistemas oficiales de educación superior de título profesional universitario y/o posgrado.
6. No tener una inscripción activa en el programa Jóvenes en Paz o la estrategia que haga sus veces.
Registrarse en Prosperidad Social o en las jornadas de pre-registro que realiza Prosperidad Social con la Institución Universitaria Colegio Mayor del Cauca, las cuales son difundidas a la comunidad universitaria.
Criterios de Priorización:
- Estar incluido en los hogares con mayor vulnerabilidad de acuerdo con la clasificación del SISBEN vigente o el instrumento de focalización que haga sus veces que identifican hogares en situación de pobreza extrema, pobreza moderada y vulnerabilidad.
- Estar incluido en el Registro Único de Victimas por cualquier hecho victimizante.
- Ser habitante de zonas rurales de conformidad con en el SISBEN vigente o instrumento de focalización que haga sus veces.
- Estar incluido en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad – RLCPD.
- Estar incluido en un hogar con jefatura monoparental con hijos de acuerdo con lo registrado en el SISBEN vigente o instrumento de focalización que haga sus veces.
Permanencia:
- Que el participante en Renta Joven no se encuentre vinculado de manera simultánea en el programa Jóvenes en Paz o la estrategia que haga sus veces.
- Que las condiciones sociales y económicas de los jóvenes estén acordes a los criterios establecidos por el programa Renta Joven a través de la verificación con fuentes de información de las entidades establecidas en el artículo 1.1.3. de esta resolución.
- Vigencia y consistencia del documento de identidad del participante del programa de acuerdo con la información disponible por autoridades competentes.
- Que el participante de nivel técnico SENA reporte inconsistencias en la acreditación de bachiller (Grado 11).
- La supervivencia del joven participante.
Salida:
- Tiempo máximo en suspensión y no se hayan surtido las acciones correctivas necesarias para su levantamiento.
- Que el participante no se mantenga vinculado al sistema educativo en el nivel de formación por el cual se le otorgó la inscripción.
- Que el participante solicite el retiro voluntario del programa.
- Que el participante culmine el programa de formación por el cual recibió la inscripción.
- Que el participante supere los 33 años.
- Que cuente con registro de un título profesional universitario y/o posgrado.
- Que el participante supere el tiempo de acompañamiento establecido por el Programa Renta Joven.
Beneficios:
El programa pagará montos de 200 a 400 mil pesos, de acuerdo al caso de la persona beneficiaria. El dinero se entregará así:
- $400.000 a estudiantes matriculados en un programa de formación técnica o profesional, en cualquier modalidad (presencial o virtual) y esté activo).
- $400.000 a estudiantes que culminen periodo académico y obtienen un promedio acumulado igual o superior a 3.0, además de estar activo en su proceso de formación.
- $200.000 por excelencia: a quien culmina su periodo académico, está activo en su proceso de formación y obtiene un promedio acumulado, igual o superior a 4.0.
NOTA: El estudiante que obtenga un promedio en la carrera menor a 3.0 queda en estado condicionado y no recibirá el segundo pago. Al siguiente semestre, si está activo como estudiante regular, recibirá el primer pago de matrícula y el segundo pago queda condicionado a que supere el promedio en la carrera igual o mayor a 3.0. y así sucesivamente hasta que termine su proceso académico como estudiante.
Mayor información en www.prosperidadsocial.gov.co
Condiciones y Compromisos
Sitio en construción..
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Manual Operativo
Prosperidad Social informa que en proximas fechas de dará a conocer el manual operatico.
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Prerregistro
Prosperidad Social informa que en proximas fechas de dará a conocer el cronograma de pre-registro.
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Fechas de Pago
Prosperidad Social informa que en proximas fechas de dará a conocer el cronograma de pagos.
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